Es posible autoeditarse sin ser socio de la SGAE

February 9th, 2006

Aunque llevamos ya unos cuanto años hablando y debatiendo sobre este tema parece que todavía hay gente que no tiene muy claro como funciona la SGAE o cuales son sus derechos si se quiere publicar algo, lo cual vista la manipulación informativa que practica la SGAE respecto a estos temas, puede llegar a entenderse.
Este comentario aparecido en un foro de iPunkRock es un ejemplo claro de ello y por otro lado es información directa sobre el tema. Tan sólo queda agradecer a la persona que con toda su paciencia se ha tomado el trabajo de hacer esta consulta.

..

Me ha costado descubrir un resquicio de esperanza a los grupos que no queremos nada que ver con la SGAE. Hay una posibilidad para la autoedicion!

He estado en la SGAE esta mañana, he hablao en total con 4 departamentos distintos. Me ha llamado mucho la atencion el enorme nivel de secretismo que tiene, llega hasta tal punto que los que alli curran SOLO SABEN de lo suyo, sinde totalmente desconocedores de las cosas mas basicas de otro departamento.

Antecedentes: Grupo que quiere editarse un cd y no puede porque la fabrica le pide el pago de los derechos de autor. El grupo no quiere ser de la SGAE porque si se hace socio tendria ke pagar 0.50 eur por cada uno de sus cds en concepto de derechos de autor que luego la sgae le devuelve…menos la comision y el IVA

Iniciamos la visita:

DPTO Admision de Socios: Pues nada, segun entras. Le expongo el caso (
. Al menda no le entraba en la cabeza que no quisiera ser socio con la multitud de beneficios que tiene. Me ha mandado a reproduccion mecanica porque el no podia ayudarme ( ni se le veian muchas ganas )

DPTO. Reproduccion mecanica: Le cuento el caso. La señora dice que para editar un cd tienes que tener el respaldo de una compañia editorial por cojones. Le cuento que en mi caso, no tenemos editorial. Me responde que entonces nos hagamos nuestra propia compañia y nos editemos. Parece facil, no? Bien, pues comop le he respondido: Y Primero, hacer tu propia compañia significa:

a) darte de alta en el IAE. Eso implica pagar IVA cada 3 meses… que grupito desconocido se mete en ese berenjenal?
b) registrarte como productor en la SGAE. Señora, yo NO quiero estar en la sgae.

Entonces , deducimos que quiero editarme mi disco sin compañia. Respuesta: No se puede.
Yo le alego que si se puede, puesto que elos gestionan para sus socios y yo tengo derecho a no serlo. Eefectivamente dice. Y respondo que entonces porque la fabrica me pide serlo. Ella al final tiene que admitir que es por el contrato que ( teoricamente no ) les obligan a firmar a los fabricantes : solo pueden sacar cd´s una vez abonados los derechos de autor, y para abonarlos, tienes que ser socio de la sgae. Al final reconoce que la sgae ( y me ha sorprendido ), mata al mercado para todo aquel que no sea socio y le impide editar. Aunque como dice ella � las cosas estan asi, no obligamos…directamente �

Ante mi argumentacion de que la sgae actuaba como si para casarte por lo civil tuvieras que estar bautizado antes, se ha callado y ha dicho por lo bajini: Teoricamente no es necesario, pero efectivamente, es asi.
Seguiamos hablando y la he dicho: A ver, si ante la fabrica demuestro que no soy socio, deberian fabricarme entonces, ya que ustedes no obligan a serlo, no? Entonces denme un certificado de no afiliacion y apañao, me fabrican. Me manda a afiliaciones de nuevo.

DTO: Socios: Bajo, y le pido un certificado de no afiliacion. Me dice que es imposible, que solo puede certificarme ser socio, sertificar � cosas ciertas “. Le digo que si acaso no es menos cierto que no soy socio. Descolocado, me manda � a la puerta de al lado a reclamaciones � a ver si pueden hacer algo.

DPTO. reclamaciones: Me atiende un tio. Le cuento el caso y me manda a reproduccion mecanica. Le digo que de alli vengo y que me de mi certificado de no socio. Me dice que no existe. Mientras, un menda de la sgae pasa al lado y escucha la movida. El perla me dice � ah, no, imposible, para editar algo en este pais TIENES que ser socio de la sgae “. Le contesto que mentira, que la LPI le cede la gestion de los derechos de los socios, no de TODOS los autores. Ante la pillada, hace mutis por el foro y se larga. Me mandan al abogado de la SGAE.

ABOGADO: Le cuento el caso de nuevo. Un chaval majisimo y ultracompetente. Al principio me suelta la charla de las ventajas de la sgae, convenientemente rebatida. Acepta que YO puedo gestionarme mis propios derechos ( lo cual implica y reconoce, que puedo editar sin pagar a la sgae: los 0,50 que pagaria por cd con sgae, de los cuales me devuelven 0,50 menos el 14% de gestion y el 16% de iva, podria ahgorrarmelo, no pagar nada puesto que yo mismo me autoedito y es como cobrar mis derechos, en vez de usar un intermediario para darme mi propio dinero ). Reconoce pues que ellos gestionan a sus socios, no a todos. Seguimos, y reconoce que deberia poder fabricar si algo demuestra que NO soy socio de la SGAE y que SI son mis canciones, lo cual implica que YO mismo gestiono mis derechos. Problema? No hay foprma de demostrarlo…o si? el mismo me ha dado la clave: Las canciones son tuyas si se registran en propiedad intelectual. Ahi he saltado entonces… y si presento el registro de propiedad intelectual y una declaracion jurada de que no soy socio eximiendo a la fabrica de responsabilidades, la fabrica PUEDE hacerme el cd entonces, no? Ante takl afirmacion, ha tenido que responder lo evidente: Efectivamente, la pabrica puede hacerlo entonces SIN PASAR POR LA SGAE NI PEDIR PERMISO, puesto que el registro de propiedad intelectual demuestra que soy el autor Y NO PISO A NINGUN SOCIO DE LA SGAE.
De paso le he comentado acerca de los contratos que firman con los productores fonograficos ( discograficas ) y ha reconocido que hay clausulas leoninas ( no ha querido reconocerlas ilegales, pero si no lo son me corto la mano! ). De hecho lo defendia ( a medias ) hasta que le he citado varios articulos y ha tenido que callarse logicamente.

RESULTADO: ES POSIBLE AUTOEDITARSE SI DEMUESTRAS QUE LAS CANCIONES SON TUYAS Y DECLARAS NO SER SOCIO DE LA SGAE!!!!!!!!!!!

Ha costado y se negaban a reconocerlo, pero es posible. Lo que he sacado en claro es que trabajadores de la sgae son conscientes que asfixian a los grupos pequeños y les obligan a hacerse socios. Me han reconocido que cierran el mercado a los no socios y que actuan de forma monopolistica.

Por cierto, tambien he estado en propiedad intelectual, y registrar todo tu disco solo vale 11,72 euros.

7 Responses to “Es posible autoeditarse sin ser socio de la SGAE”

  1. 9cDR Says:

    en las jornadas kopyleft de Arteloko el pasado Junio 2005, se hablo brevemente de estas cosas… “la comunidad”, por supuesto, recomienda licenciar tus trabajos Copyleft mediante formulas tipo CreativeCommoms, que por lo visto estan adecuadas de acuerdo la legislacion en el estado español.

    eso, en fin, que de esta manera nos ahorramos esos 11,72 euros del registro de propiedad intelectual… por lo visto.

    Ayer justo, estuve en una asesoría pidiendo info sobre patentes etc… y me dieron documentacion oficial, de esta que parece seria como el SGAE, sobre el copyright para: obras audiovisuales, escritos, ideas o pensamiento (tienen que estar registardos e impresos en algun tipo de soporte, no valen las ideas abastractas)…
    Todo lo que hagamos tiene copyright, como este post, en cuanto que lo firmo y pueda demostrar que es mio. Licenciarlo Copyleft, no significa quitarle el valor de copyright, lo unico que permites unos usos que tu especificas (generalmente promoviendo el libre intercambio de saber) de tu trabajo. Todavia no he conocido ningun caso judicial de alguien que haya metido un pufo a alguien que haya hecho uso ilicito de su trabajo licenciado como Copyleft…

    Asi que todos estos problemas del SGAE se borran trabajando con licencias Copyleft, por lo visto. De hecho en las jornadas mencionadas tb. comento un representante del SGAE que estaban mirando la posibilidad de implantar en su funcionamiento licencias tipo las de CreativeCommons.

    Estamos viviendo una transformacion en la manera en la que elcontenido intelectual es difundido y comercializado. La aventura es interesante!

  2. Administrator Says:

    Eskerrik asko por tus comments 9cdr.
    Pero me gustaría subrayar (y es por ello por lo que posteé esta noticia) el papel que tiene la SGAE en todo esto. Quiero decir que una cosa es las licencias en las que publiques tus trabajos y otra muy diferente QUIEN y COMO se gestionan estos derechos. Por eso mismo, no me extrañaría en absoluto que la SGAE como comentas, este planteandose la gestión (complicada, eso si) de canciones, archivos o lo que sea copyleft.
    En otras palabras, cada uno es libre de registrar su trabajo bajo la licencia que le parezca correcta para cada obra, pero el problema, por lo menos aqui, mas grave es el tipo de gestión que se ha desarrollado. En este caso, la SGAE (pero en otros paises el SACEM, PIAS…) genera tanto dinero (no precisamente sólo para sus socios) que no puede entender ahora porque sus ganancias bajan tanto. Si esta situación sólo afectara a los autores estoy convencido de que otro gallo cantaría. Pero no es así, y estas “instituciones” (privadas) se pasean por el mundo cobrando a diestro y siniestro.
    Recuerdo un comentario de los organizadores de un local llamado AUSLAND en Berlin, que comentaban que QUER�AN pagar por un concierto mío y de ILIOS, aunque nosotros no estuvieramos registrados, ni nuestros trabajos bajo ninguna gestora. Sin embargo, ellos prefieren pagar una cuota anual (dá igual si los artistas invitados esten registrados o no, de hecho la gran mayoría no lo estan) antes de tener que pelearse cada x tiempo con estas intocables figuras. acojona, eh?
    Quizas pase esto mismo tambien por aqui, porque en la marcha que vamos….
    Las últimas noticias que he leido por ahí es que estan haciendo pagar a organizadores de bodas, por el posible repertorio que pudiera tocarse en bodorrios….

  3. Administrator Says:

    mas:

    (cc) 2005 http://www.musicalibre.info

    Algunos Derechos Reservados

    Permitida su copia y distribución bajo la licencia Creative by-sa:

    http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.1/es/

    Guia del Autor de Música Libre

    version 1.0 03/10/05

    * Introducción

    Este documentos trata de ser una guía para artistas que quieran comenzar a distribuir su música bajo el modelo copyleft, todo este texto, por ahora, es de elaboración propia. Si tienes alguna aportación, corrección, etc. no dudes en enviárnosla a musicalibre@musicalibre.info , este texto está actualmente en su primera versión.

    * Ventajas e Inconvenientes

    La Música libre se presenta como alternativa tanto política como funcional, se defiende tanto desde principios éticos como alternativa más eficaz.

    La industria audiovisual que influye sobre leyes y medios de comunicación tiene un modelo de negocio basado en el control total de la producción, deciden que va a ser famoso, que va a triunfar y que va a fracasar, ya que además de tener toda la infraestructura de distribución tiene influencia sobre los medios de comunicación, como las radio fórmulas.

    Este sistema de producción además provoca una homogeneización de la oferta musical y de los gustos. El acceso mediante redes P2P (emule, kazza, etc.) a gran cantidad de oferta musical ha sido un freno a esta homogeneización, por lo que no es arriesgado pronosticar que vamos camino de tener más grupos de mediano éxito y menos “grandes figuras”.

    Pero todo este sistema se ha montado bajo una estructuras en las que la copia doméstica de música era realmente cara, hace 10 años era más caro hacer una copia de un CD que comprarlo, además de tener menos calidad.

    En el año 2004 un estudio en Alemania, de la Universidad de Bournemouth, concluye que solo existen 1.200 autores “profesionales”, que viven de la música, pero además de ellos solo el 18% lo consigue gracias a los derechos de autor, es decir, gracias a royaltis solo 216 autores viven de esto en Alemania.

    No obstante la discográfica nos ofrece también promoción, nos lleva a las radios y ponen nuestros discos en una gran cantidad de tiendas.

    Si ninguna discográfica apuesta por nosotros, y no solo nos graba un disco, sino apuesta por nosotros para convertirnos en uno de esos 216 autores, firmar con ella tan solo provoca que perdamos nuestros derechos sobre nuestro trabajo, y limite la difusión de nuestra música.

    Existe también un freno “mental”, para muchas personas a un grupo con disco editado se le presupone una calidad, aunque esta afirmación sea demostrablemente falsa.

    Apostar por la música libre para ganar en público nos va a obligar a hacer un esfuerzo, este documento va a tratar de hacer más fácil ese esfuerzo, os vamos a poner sobre la pista de como debemos de registrar nuestras canciones, que licencia copyleft usar, como grabar, duplicar y distribuir nuestro disco, como promocionarnos, pero debemos ser consciente que estamos en un nuevo mercado, no está muy claro si paralelo a las discográficas o en competencia directa, en el que, para bien o para mal, hay mucho por investigar y descubrir.

    * Aspectos Legales y Licencias

    Legalmente el autor es el dueño de todos los derechos de la obra, a no ser que ceda los derechos, como se hace con una discográfica o al asociarse a la SGAE (cuidado con lo que firmáis). Mientras no se acuerde/firme lo contrario el autor es el único titular de los derechos. Lógicamente hablamos de obras inéditas, no obras derivadas de otras.

    La ley nos da en exclusiva los derechos, pero nosotros podemos ceder parte de estos derechos a otras personas.

    Lo normal, o lo habitual, es poner cuando alguien hace algo:

    (c) Copyright 200X. Todos los derechos reservados.

    Esto quiere decir que ese trabajo es de alguien que no permite hacer nada con su trabajo, o al menos trata de prohibir todo los derechos que le de la ley.

    Pero también podríamos poner:

    (c) Copyright 200X. Copia y distribución sin ánimo de lucro permitida, resto de derechos reservados.

    Al licenciar la música libre debemos decidir si queremos que la gente pueda ganar dinero con nuestra obra sin nuestro permiso, como vender cds, tocarla en un concierto cobrando, etc., o si queremos permitir que la modifiquen, haciendo versiones por ejemplo, y como pueden distribuir esas modificaciones. Es importante dejar claro que se puede y que no se puede hacer con las canciones, así que nosotros recomendamos en vez de tratar de hacer nosotros mismos un texto usar la Creative Commons, que son un conjunto de licencia entre las que podemos elegir las que más nos interesen.

    Una licencia no es más que un documento en el que se recoje que permitimos y que no permitimos hacer con nuestras canciones, y bajo que condiciones. Las Creative Commons al ser conocidas permite al público identificar que libertad de uso va a tener sobre las canciones.

    Las Creative Commons además de una licencia, un simple texto, también consigue dar visibilidad a la creación (no solo de música) de documentos con menos restricciones que el Copyright, libros, audiovisuales, etc.

    Usar las CC nos permite asegurarnos de que lo que escribimos no tenga otras interpretaciones, ya que están redactadas por abogados, adaptadas a las leyes de cada pais, etc., además permite a quien usa material CC conocer que puede hacer y que no.

    Si entregamos (vendiendo cds, por internet, etc.) un trabajo nuestro bajo CC no impide que el mismo trabajo lo podamos volver a entregar bajo otra licencia en otra ocasión. Por ejemplo podemos no permitir el ánimo de lucro, pero hablar con una tienda/distribuidora y llegar a un acuerdo para que ellos si vendan nuestros cds.

    Por lo tanto, CC es tan solo una buena forma de permitir que se copien nuestras canciones, esto no evita que podamos, y debajos, registrar nuestras canciones en el Registro de la Propiedad Intelectual (no en la SGAE) para poder demostrar que esas canciones son nuestras, y no pueda haber alguna persona que las registre y nos diga que le hemos plagiado, esto lo trataremos después de explicar como usar las CC.

    Vamos a la parte prática:

    http://creativecommons.org/license/?lang=es

    Aqui vamos a seleccionar la licencia que mejor se adapte a nuestras necesidades, las CC están en proceso de traducción al Castellano y Catalán, de momento las licencias más importantes están traducidas, seleccionamos nuestras opciones:

    Permitir un uso comercial de su obra? (Si/No)

    Decidimos si vamos a permitir que otra persona haga usos comerciales de nuestro trabajo, por ejemplo vender los cds.

    Permitir modificaciones de su obra?

    En esta pregunta decidimos si vamos a permitir que se modifique nuestro trabajo, podemos elegir que No, o dos opciones en el Si, la primera opción (Si) permite que se hagan modificaciones, la incluya dentro de otro trabajo, etc. y otra opción (Sí, siempre que se comparta de la misma manera) que va a permitir a otra persona modificar nuestro trabajo, pero el trabajo resultante solo lo podrá compartir bajo esta misma licencia, además deberá siempre incluirte tanto a tí como a él como autores de la obra, esto cosigue que de un trabajo la comunidad vaya modificándolo, adaptándolo, creando un trabajo colectivo, etc. Pero impide que alguien pueda hacer un obra a partir de la nuestra y que la nueva creación deje de ser libre.

    Después nos pregunta sobre la jurisdicción, en la que podemos elegir España y la licencia estará adaptada a la legislación española.

    Por ultimo podemos elegir que la licencia se va a destinar a Audio para que el texto esté adaptado a este tipo de obras.

    Pulsamos sobre el botón.

    Esta página nos da información sobre varias cosas que podemos hacer, podemos pulsar sobre “See how the license will look” y vamos a la página de la licencia, podemos proporcionar esa url a nuestro trabajo, y podemos poner un texto de este tipo:

    (c) 2005 – Tu Nombre

    Este CD/Estas? Canciones se distribuyen bajo licencia Creativa Commons disponible en:

    http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.1/es/

    Es interesante poner el logo CC y los iconos que simbolizan que derechos cedemos para que alguien que conozca las CC pueda entender fácilmente que puede hacer con la obra.

    Las CC no sustituye ni al Registro de la Propiedad Intelectual ni al servicio de registro de la SGAE. Aunque por el hecho de ser los autores la ley nos da todos los derechos es importante tener alguna prueba de que realmente eres el autor de tu obra, para eso existe el registro. Debe haber alguna prueba para que alguien no pueda atribuirse la autoría de tu obra y encima te denuncie.

    Por otro lado la SGAE también permite que registres en ella tus canciones, más barato, pero a partir de entonces cedes parte de tus derechos a la entidad de gestión, dándose el caso de que hay que pagarles para poner tu música en tu propia web, en definitiva si una canción se registra en la SGAE ya no es música libre.

    El Registro de la Propiedad Intelectual es algo complicado, pero es lo más seguro, es necesario entregar las letras y partituras.

    Exiten otras posibilidades, como autoenviarse un correo certificado en un sobre lacrado y pedir en correos que el sello lo pongan en el cierre del sobre, es un método bastante utilizado en el software libre pero no se conoce, que sepamos, ningún caso en el que se haya utilizado en un juicio, aunque este sistema ha sido dado por válido por varios abogados.

    Cualquier prueba será valida, un notario también puede servir, que se haga cargo de un CD, pero seguramente salga más caro que el registro aunque tengamos que pagar a alguien para que nos haga las partituras, no obstante si el cd va lleno de oggs o mp3s si que puede salir más barato.

    * Grabación

    Una de las mayores dificultades que va a tener un grupo al comenzar en este mundo va a ser grabar un disco con buena calidad, es importante no grabar las canciones con un simple micro de ambiente, sino tratar de tener una calidad, lo ideal es contar con un estudio de grabación, si no tenemos esa posibilidad podemos grabarlo de forma casera o aprovechar un concierto.

    Ahora no va a existir el concepto de Maqueta, es decir, un disco que se graba y se distribuye como paso anterior a una posible grabación con una discográfica, lo que grabemos, para bien o para mal, será nuestro primer disco.

    Estudio de grabación: A menudo en un estudio de grabación nos podemos econtrar con problemas con la SGAE, no es normal que en un estudio se graben canciones no registradas en la SGAE, por lo que nos van a pedir el pago a la SGAE. Tenemos que explicarle que nuestras canciones no las gestiona la SGAE, si sabemos explicarlo bien, y según el estudio, tal vez baste con que firméis un papel asegurando que las canciones son inéditas vuestras y que no están registradas ni van a ser registradas en la SGAE. Si en el estudio de grabación no os hacen caso lo mejor es preguntar a otros grupos de música libre que han encontrado estudios donde permiten hacer esto.

    Grabación casera: Con un ordenador personal podemos hacer una grabación bastante decente, conectado los instrumentos a la tarjeta de sonido, lo ideal es hacerlo como en un estudio, grabar por separado guitarras, voces, batería, etc. y después mezclarlo con un editor de audio, el eslabón más descuidado suele estar en los micrófonos o la tarjeta de sonido, si conseguimos grabar las pistas con buena calidad los resultados pueden ser espectacualres (si también sois buenos músicos, claro)

    Grabación en directo: Si no existen los medios adecuados para grabar una posibilidad es aprovechar un concierto en el que contemos con un buen equipo de música, cualquier equipo de música que encontremos tendrá la posibilidad de grabar lo mismo que está saliendo por los altavoces, tan solo tendremos que conectar una salida de la mesa a algún dispositivo de grabación, lo podemos grabar en un mini-disc, en una platina de cassete, o en algo de más calidad. En cualquier caso lo que debemos aprovechar es grabar cuando vayamos a dar un concierto con un buen equipo, podemos grabar varios conciertos, y después elegir que canción de cada concierto usar.

    Cuando digitalizacemos nuestro trabajo lo normal sergá grabarlo en un CD-A, y a partir de ahí sacaremos ficheros para distribuir por internet, los famosos mp3s y los no tan famosos ogg pero de mayor calidad y posibilidades.

    Aunque la música se suele distribuir por internet en mp3 cada vez es más utilizado el formato ogg, ya que además de proporcionar mejor calidad de sonido nos va a permitir más opciones.

    En primer lugar debemos saber que el fichero lo podemos comprimir en distintas calidades, y que no debemos elegir la que menos ocupe sino la que más calidad nos ofrezca, que se selecciona mediante la tasa de bits, los mp3 se suelen comprimir a 128 o 192 kbps, y es preferible 192 para tener una buena calidad.

    Además hay que tener en cuenta los tags, una vez tenemos el fichero podemos, y es muy importante, incluir dentro del fichero datos como el nombre del autor, nombre de la canción, a que album pertence y que orden ocupa dentro del disco, año, etc. Incluso desde http://www.musicalibre.es se investiga sobre como incluir dentro de estos datos la licencia y servicios de certificación de autoría.

    Esta información dentro del fichero es muy importante para dispositivos como los reproductores mp3s y es una de las mayores quejas de muchas personas.

    * Página web

    Es importante tener una página web, donde colgar las canciones y la gente se lo puede bajar, tiene que tener como mínimo la sección de descargas, noticias, conciertos y una presentación del grupo, lo ideal es que alguien del grupo, o cercano, se encargue de hacer una página web teniendo un buen diseño, accesibilidad y facilidad de uso. Si se está empezando tal vez sea suficiente con aparecer en http://www.musicalibre.info , ya que desde ahí se pueden colocar noticias, conciertos y enlaces a mp3s, pero es muy importante tener una página propia que nos ofrezca una mayor comunicación con nuestro público.

    La compra de un dominio está en torno a los 8 Euros, y los precios del hosting con capacidad para un disco estará alrededor de los 60 Euros, todo esto al año.

    En torno a esos precios podéis buscar una empresa de hosting, no es la intención de este documento hacer propaganda de ninguno, por lo que para los que estén más desorientados lo más fácil es preguntar a otros grupos o webs del “mundillo” ( http://musicalibre.info http://lamundial.net http://manerasdevivir.com etc. ) que empresas usan y como les va.

    Se puede buscar alojamiento gratuito por varios sitios pero al final es importante asumirlo como parte del coste de producir nuestra propia música, coste que hay que asumir igual que muchos más que tiene un grupo, un gasto más igual que comprar y mantener el material e instrumentos que necesita un grupo. Es habitual que borren mp3s de los servidores ya que la gran mayoría nos son puestos por sus propios autores.

    Otra opción muy recomendable es subir los mp3s a páginas como http://www.archive.org, mediante Creative Commons o ourmedia.org, que permiten subir gratuitamente material licenciado mediante Creative Commons, de esta manera nos ahorramos el espacio que necesitamos para nuestra web.

    * Promoción

    La principal ventaja de la música libre es su mayor difusión, y por tanto promoción, que podemos conseguir, aunque esto no significa que colgar 10 mp3s en la web signifique que millones de personas alrededor del mundo nos vayan a escuchar, acudir a nuestro conciertos e incluso comprarnos un disco.

    Este análisis es el que se hizo antes de crear http://www.musicalibre.info , una web que recopila grupos copyleft, nos podemos dar de alta en la web e incluirnos como grupo, de esta manera podremos dar mayor difusión a nuestros conciertos y noticias. Ellos contabilizan las descargas de las canciones, y pueden certificar que efectivamente se han producido ese número de descargas. Además llevan a cabo proyectos para promocionar los grupos, como un cd recopilario que tuvo más de 4.000 descargas.

    Grupos como LaMundial?.net usan como nombre su propio dominio en la web, de manera que quienes lo conocen tienen facilmente acceso a su web.

    Las radios libres o comunitarias también pueden ser un lugar a aprovechar, como los bares, es importante recordarles que poniendo vuestra música no tiene que pagar a entidades de gestión como la SGAE, aunque no vayan a dejar de pagar y poner solo vuestra música, si es posible convencerles de que pongan solo música libre, aunque en un primer momento no vayan a tomar esta decisión cada vez que dejes un cd en un bar o una radio déjales una nota explicándolo, el recopilatorio de http://www.musicalibre.info incluía una nota que ponía:

    “Ninguna de estas canciones, ni del resto de canciones que puedes encontrar en http://www.musicalibre.info, está registrada en ninguna entidad de gestión (como la SGAE) por lo que si pones esta música en un bar o cualquier evento no estás obligado a pagar ningún tipo de derechos de autor”.

    * Venta y distribución de Cds

    La música libre no impide la venta de CDs, vender CDs desde internet es una buena alternativa, y una importante fuente de ingresos si el grupo es medio conocido.

    Hacer una tirada de CDs profesional va a requerir una inversión de entre 600 y 700 Euros para 500 copias, con libreto, carátulas etc., según a cuanto se vendan los cds podemos recuperar la inversión rápidamente, ya que la unidad no saldrá a más de un euro y medio, aunque muchos grupos lo que tratan con la venta de estos CDs es también financiar el estudio de grabación.

    Habrá que elegir que estrategia usar y echar números, incluso podemos vender los CDs a 2 euros, para conseguir una amplia difusión, incluso ganaríamos 300 o 400 euros, o podemos venderlos a 5 euros, con lo que vendiendo poco más de 100 copias ya tendríamos recuperada la inversión. Podemos plantearnos ganar dinero, solo recuperar la inversión, vender una parte y regalar la otra, etc.

    Si se da un buen concierto y se vende el cd a 2-3 euros seguro que se venden como rosquillas, como siempre aparte de todo es muy importante que la música sea buena, la música libre no hace milagros.

    Se pueden incluso grabar los cds de una forma “casera”, sale más barato pero el resultado es menos profesional, además que lleva bastante tiempo copiar 200 o 300 CDs. Se pueden hacer incluso cuentas y comprar un impresora de CDs. Aunque el proceso es un poco laborioso tiene la ventaja de que no hay que hacer 500 copias para tener unos precios decentes.

    * Entidades de Gestión

    Aunque no estemos asociados a la SGAE podemos tener problemas y que nos exijan pagar derechos de autor por usar nuestra propia música, ya que en cuanto hagamos algo nos van a pedir que paguemos a la SGAE. Esto va a ocurrir principalmente en conciertos, estudios de grabación y duplicadores de CDs, ya que están acostumbrados a que todo el mundo esté apuntado a la SGAE.

    En los conciertos les harán pagar al dueño del local, por lo que tal vez pueda pasar incluso desapercibido, pero es importante hablar con el dueño para que no les pague, ya que no nos representa, y no tiene derechos sobre las canciones que vamos a tocar.

    Pero donde nos vamos a encontrar más problemas es en estudios de grabación y en sitios donde dupliquen cds, tendremos que hablar con los responsables y explicarles que no estamos asociados a la SGAE, y que las composiciones son originales. Puede ser interesante llevar los papeles del registro de la propiedad intelectual. Punkmuki tuvo que entregar un papel firmado por un miembro del grupo en el cual se expresa claramente que renuncian a que la sgae gestione sus derechos de autor para que les hiciesen las copias.

    También hay quien ha conseguido un certificado de que NO pertenecen a la SGAE, firmado por la propia SGAE, aunque les costó muchas llamadas y vueltas.

    * Enlaces

    http://www.musicalibre.info

    http://www.LaMundial.net

    http://www.imbecil.com

    http://es.creativecommons.org/

    http://www.musicalibre.es

    http://www.sindominio.net/copyleft/

    http://es.wikipedia.org/wiki/M%C3%BAsica_libre

    http://www.musicaeninternet.com/

  4. rodrigo Says:

    hola, tengo una mesa mescladora de 4 canales, un computador, guitarra, bajo, bateria y un mic para la voz conectados a la mesa. además tengo el programa adobe audition 2.0. mi pregunta es cómo puedo hacer una buena grabación conectando la mesa al computador y grabando con el adobe audition.

  5. Administrator Says:

    Hola Rodrigo,

    Antes de nada gracias por tu interes.
    De todas formas no sé si este es el lugar para hablar de estos temas que comentas. Este es un blog informativo y no tanto un taller técnico de sonido…
    Pero bueno, ya que la pregunta que comentas tampoco parece tener mucha complicación intentaré echarte una mano con ello: La pregunta que comentas es básica. Si quieres trabajar con sonido en el ordenador tienes que buscar una fórmula para introducir/grabar ese sonido en el ordenador. Para ello (actualmente) todos los ordenadores tienen tarjetas de sonido integradas, busca entre los agujeros que tienes en el ordenador hasta encontrar un símbolo parecido a un micrófono. Si no tienes una tarjeta de sonido externa o más profesional la entrada de sonido será en 1/8″ jack o sea en minijack. Por tanto para grabar el sonido tan solo tienes que conectar un cable que coincida con las salidas del mixer y la entrada del ordenador. Evidentemente éstas cambian dependiendo el modelo de mixer y de ordenador que tengas.
    Ahora, de ahí ha realizar una BUENA grabación hay un mundo. Todo depende de lo que tu entiendas por “buen sonido”, las espectativas que tengas a respecto y el resultado que desees tener. Pero eso ya, mejor que lo experiences por tí mismo.

    Espero que algo de lo que te comento te resulte de ayuda.
    suerte!!

    xabi

  6. Ezequiel Says:

    He publicado software en España y la fabrica siempre me permitió fabricar mis CDROM, sin necesidad de registrarme en ninguna asociación.

  7. Formula De Negocios - 60% Comision Por Venta. | 7Wins.eu Says:

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